Uno de los principales temores de los inversionistas extranjeros al expandirse a Perú es el riesgo de pagar impuestos duplicados: en su país de origen y nuevamente en Perú. Afortunadamente, existen mecanismos legales para evitarlo.
En esta guía 2025 conocerás cómo funcionan los Tratados para Evitar la Doble Imposición (TDI) en Perú, con qué países están vigentes y cómo puedes proteger tu rentabilidad tributaria.
¿Qué es la doble imposición internacional?
Se produce cuando un mismo ingreso generado por una empresa o persona es gravado por dos países distintos: el país donde se origina el ingreso (fuente) y el país donde reside el inversionista (domicilio fiscal).
Por ejemplo, si una empresa de España recibe dividendos de su filial en Perú, podría tener que pagar impuesto en ambos países… a menos que exista un tratado vigente.
¿Qué son los Tratados para Evitar la Doble Imposición (TDI)?
Son acuerdos internacionales firmados por Perú con otros países que establecen reglas claras para evitar que se cobre dos veces por el mismo ingreso. Estos tratados:
- Determinan qué país tiene derecho a gravar un ingreso (fuente o residencia)
- Limitan las tasas máximas de retención
- Permiten a los contribuyentes acreditar impuestos pagados en Perú ante su autoridad fiscal local
✅ Perú ha firmado estos tratados siguiendo el Modelo OCDE/ONU, incluyendo cláusulas de intercambio de información y prevención de la evasión fiscal.
¿Con qué países tiene Perú tratados de doble imposición vigentes?
| País | Año de entrada en vigor |
|---|---|
| Chile | 2004 |
| Canadá | 2004 |
| Brasil | 2010 |
| México | 2004 |
| Corea del Sur | 2015 |
| Portugal | 2013 |
| Suiza | 2014 |
| España | 2006 |
| Italia | 2022 |
| Japón | 2021 |
💡 Además, existen convenios con países miembros de la Comunidad Andina (Bolivia, Colombia, Ecuador) bajo decisión 578/2004 que también evitan la doble imposición.
¿Qué ingresos cubren los tratados?
Los TDI aplican a diversos tipos de rentas:
- Dividendos
- Intereses
- Regalías
- Servicios técnicos
- Ganancias de capital (venta de acciones, inmuebles)
- Rentas empresariales
- Rentas laborales y pensiones
¿Cómo puedo acceder a los beneficios del tratado?
Debes presentar ante SUNAT:
- Certificado de residencia fiscal emitido por la autoridad tributaria de tu país.
- Formulario 1692 u otros documentos que acrediten la operación.
- Contratos o comprobantes que respalden el ingreso.
Esto se presenta antes del pago o retención para que se aplique la tasa preferencial del tratado y no la general (ej. 30%).
¿Qué pasa si no se aplica el tratado?
Si no solicitas la aplicación del tratado de doble imposición:
- SUNAT retendrá el 30% estándar del impuesto a la renta para no domiciliados.
- Tendrás que iniciar un procedimiento de devolución o acreditación posterior, lo cual puede tomar meses.
- Puedes perder el beneficio fiscal si no actúas dentro de los plazos legales.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Qué pasa si mi país no tiene tratado con Perú?
Se aplicará la legislación peruana de manera general. Es decir, la tasa del 30% para no domiciliados en la mayoría de casos.
¿Debo tener una empresa constituida en Perú para aplicar el tratado?
No necesariamente. Aplica también para personas naturales, freelancers o inversionistas individuales que obtienen ingresos desde Perú.
¿Un inversionista extranjero siempre paga menos con un tratado?
No siempre. Depende del tipo de ingreso y lo que establezca el tratado. Algunos ingresos pueden ser gravados solo en el país de origen.
¿Necesitas ayuda aplicando un tratado para no pagar doble?
En Tito Peralta, te ayudamos a:
- Verificar si puedes acogerte a un TDI
- Presentar tu certificado de residencia
- Optimizar tu tributación internacional
- Evitar sanciones y retenciones innecesarias
📩 Contáctanos y protege tus ingresos desde el primer día.




