― Boletín ―

Incentivos tributarios para I+D+i en Perú

junio 16, 2025

En los últimos años, el Estado peruano ha buscado fortalecer su capacidad innovadora mediante políticas que incentiven la inversión privada en investigación, desarrollo e innovación (I+D+i). Una de las herramientas clave es la Ley N.º 30309, que otorga beneficios tributarios a las empresas que realicen este tipo de proyectos, permitiéndoles deducir un mayor porcentaje de estos gastos en su Impuesto a la Renta.

Este régimen, vigente hasta el ejercicio fiscal 2025, ha sido aprovechado por diversas empresas en sectores estratégicos, y recientemente se reconoció a 37 de ellas por su participación activa bajo este marco legal. Además, se han planteado propuestas desde el Ejecutivo para ampliar su alcance y facilitar el acceso, especialmente para las micro y pequeñas empresas.

¿Qué establece la Ley Nº 30309?

Es la Ley que promueve la inversión privada en proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica (I+D+i) mediante un beneficio tributario aplicado al Impuesto a la Renta. Con esta ley se busca incentivar que las empresas peruanas realicen actividades en I+D+i y se diversifiquen.

¿Cuál es el rol de CONCYTEC?

El CONCYTEC es el ente rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (SINACYT) y tiene la función de calificar y autorizar proyectos de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) presentados por empresas que buscan acogerse a los beneficios tributarios de la Ley N° 30309. Además, autoriza a las entidades que desean operar como centros de investigación o innovación.

Para cumplir estas funciones, CONCYTEC cuenta con personal especializado, evaluadores externos y procedimientos optimizados que aseguran la calidad, confidencialidad y objetividad en las evaluaciones.

Alcance de la deducción adicional

Según el reglamento y su extensión mediante la Ley N° 31659:

Las empresas con ingresos netos ≤ 2 300 UIT pueden deducir:

  • 240 % del gasto si ejecutan el proyecto directamente o en centros I+D+i domiciliados.
  • 190 % si se realiza vía centros no domiciliados .

Para empresas con ingresos menores a 300 UIT:

  • 190 % con centros domiciliados.
  • 160 % con centros no domiciliados.

El tope máximo anual es 500 UIT, vigente hasta el ejercicio 2025.

Propuestas de ampliación

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha propuesto mejorar este régimen aumentando los porcentajes de deducción y eliminando topes, para hacerlo más accesible a las micro y pequeñas empresas (mypes). Además, se busca simplificar el proceso de calificación y asegurar su continuidad más allá de 2025.

Avances recientes

Durante la Semana de la Innovación 2025, se reconoció a 37 empresas que accedieron exitosamente al incentivo en el último año, lo que demuestra que este mecanismo está siendo aprovechado cada vez más por el sector privado. El gobierno también ha promovido charlas informativas y campañas de difusión para fomentar su uso.

Procedimiento

Las empresas interesadas deben presentar sus proyectos a CONCYTEC para ser evaluados. Si el proyecto es aprobado, pueden aplicar la deducción en su declaración anual. El proceso puede tomar hasta 45 días hábiles, y existen canales de asesoría técnica disponibles para facilitar el trámite.

Conclusión

El régimen de incentivos tributarios para I+D+i representa una estrategia efectiva para promover la innovación en el sector empresarial peruano. Su vigencia, uso creciente y las propuestas para su fortalecimiento lo convierten en una política clave para mejorar la competitividad nacional. Mantener y optimizar este beneficio podría consolidar al Perú como un centro regional de desarrollo tecnológico.

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Escrito por
Edison Tito Peralta

Abogado con más de 12 años de experiencia en asesoría tributaria, planificación internacional y litigios ante SUNAT y Tribunal Fiscal.

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