Servicio de Declaración de Impuesto sobre la Renta en Perú

En el Perú, el cumplimiento de las obligaciones tributarias es una responsabilidad fundamental tanto para personas naturales como para empresas. Uno de los tributos más relevantes es el Impuesto a la Renta (IR), cuyo proceso de declaración y pago anual requiere atención, estrategia y precisión.

A medida que se acerca el vencimiento de la Declaración Jurada Anual 2024 a presentarse en 2025, muchas personas se preguntan: ¿estoy obligado a declarar?, ¿cómo se hace?, ¿cuáles son las fechas?, y ¿vale la pena contratar un servicio profesional?

¿Qué es el Impuesto a la Renta?

Según la SUNAT, el Impuesto a la Renta es un tributo que grava las rentas que obtienen las personas naturales y jurídicas, tanto en el país como en el extranjero, de acuerdo con la categoría de ingreso que generen.

El impuesto se calcula sobre las ganancias netas obtenidas durante el ejercicio fiscal, que va del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año.

Las rentas están clasificadas en categorías, como:

  • Primera categoría: alquileres y subarrendamientos.
  • Segunda categoría: ganancias de capital (como intereses o dividendos).
  • Tercera categoría: actividades empresariales.
  • Cuarta categoría: trabajo independiente (recibos por honorarios).
  • Quinta categoría: trabajo dependiente (planilla).

¿Cuándo se declara el Impuesto a la Renta?

La declaración del Impuesto a la Renta se realiza una vez al año, entre los últimos días de marzo y primeros de abril, según el cronograma establecido por la SUNAT.

Descubre ―

¿Quiénes deben declarar el Impuesto a la Renta?

Personas Naturales

Deben declarar si durante el año fiscal:

  • Alquilaron bienes (rentas de primera categoría).
  • Vendieron acciones, valores o ganaron intereses (segunda categoría).
  • Emitieron recibos por honorarios (cuarta categoría).
  • Percibieron ingresos de planilla (quinta categoría) y desean aplicar deducciones adicionales por salud, educación o alquiler.

Personas Jurídicas

Están obligadas todas las empresas que hayan desarrollado actividades gravadas con el Impuesto a la Renta, independientemente del monto de ingresos, siempre que estén bajo el Régimen General o MYPE Tributario.

No obligados a pagar

Según la normativa vigente de SUNAT, existen algunos contribuyentes exonerados de presentar la Declaración Jurada Anual. A continuación, te explicamos los casos más relevantes:

Contribuyentes con Rentas de Tercera Categoría

No están obligados a declarar los contribuyentes que hayan estado todo el año 2024 bajo alguno de estos dos regímenes:

  • Nuevo Régimen Único Simplificado (Nuevo RUS).
  • Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER).

Importante:

Si tu empresa se acogió al Régimen MYPE Tributario o al Régimen General durante cualquier mes del 2024, sí estás obligado a presentar la Declaración Jurada Anual, incluyendo toda la información correspondiente desde el ingreso a ese régimen hasta el 31 de diciembre de 2024.

Conoce ―

¿Cómo realizar la Declaración del Impuesto a la Renta?

El proceso es digital y se realiza en la plataforma de SUNAT:

  1. Ingresar a renta.sunat.gob.pe con tu RUC y clave SOL.
  2. Elegir el formulario virtual correspondiente:
    • Personas naturales: Formulario 709.
    • Empresas: Formulario 710 (versión simplificada o completa).
  3. Verificar y/o completar los datos.
  4. Enviar la declaración y pagar el monto correspondiente (de ser necesario).

Cronograma Tributario 2025 (Ejercicio 2024)

Se debe presentar la declaración partir del 31 de marzo de 2025 hasta el día de vencimiento según su último dígito de RUC según el siguiente cronograma:

Último dígito del RUCFecha de vencimiento
026/05/2025
127/05/2025
228/05/2025
329/05/2025
430/05/2025
502/06/2025
603/06/2025
704/06/2025
805/06/2025
906/06/2025

Ventajas de contratar un servicio de Declaración del Impuesto a la Renta

Contar con asesoría profesional te brinda:

  • Precisión legal y tributaria: Evita errores que puedan generar observaciones o sanciones.
  • Aprovechamiento de deducciones y beneficios fiscales.
  • Ahorro de tiempo: Nos encargamos de todo el proceso por ti.
  • Reducción de contingencias: Respaldo legal ante fiscalizaciones o requerimientos.

Nuestros servicios incluyen:

  • Elaboración y presentación de declaraciones para personas y empresas.
  • Asesoría en deducciones, gastos válidos y beneficios tributarios.
  • Revisión de declaraciones anteriores.
  • Gestión de requerimientos SUNAT y fiscalizaciones.
  • Planeamiento tributario personalizado para minimizar riesgos y optimizar resultados.
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Servicio 360°: Acompañamiento Integral

Brindamos un servicio 360°, lo que significa que te acompañamos en todas las etapas del cumplimiento tributario y legal de tu empresa, desde el diagnóstico hasta la ejecución operativa. Nuestro enfoque integral incluye:

  • Planeamiento estratégico y prevención de contingencias.
  • Cumplimiento operativo (declaraciones, libros, planillas).
  • Defensa ante SUNAT o entidades fiscalizadoras.
  • Consultoría legal y laboral continua para una gestión empresarial segura y alineada a la normativa vigente.

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