Los fondos mutuos representan una alternativa atractiva para los inversionistas extranjeros que desean diversificar su portafolio en el mercado peruano. Son gestionados por sociedades administradoras supervisadas por la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), y permiten acceder a instrumentos locales e internacionales con distintos niveles de riesgo y rentabilidad.
Sin embargo, invertir en fondos mutuos en Perú genera obligaciones tributarias específicas, tanto para personas naturales como para personas jurídicas no domiciliadas. En esta guía, detallamos qué impuestos se pagan, cuándo se generan y cómo funciona la retención fiscal en 2025.
¿Qué tipo de renta generan los fondos mutuos?
Los fondos mutuos pueden generar ingresos a través de:
- Distribución de dividendos o utilidades
- Renta por rescate o valorización de cuotas (ganancia de capital)
- Intereses derivados de instrumentos de renta fija
Todas estas rentas están sujetas a Impuesto a la Renta (IR) en Perú si son consideradas de fuente peruana.
¿Cuál es el régimen tributario para no domiciliados?
Persona natural o jurídica no domiciliada:
Tipo de ingreso | Tasa IR 2025 | Forma de pago |
---|---|---|
Ganancia por rescate de cuotas (ganancia de capital) | 5% si el fondo está registrado en SMV | Retención automática |
Dividendos distribuidos por el fondo | 5% | Retención automática |
Intereses de instrumentos peruanos | 4.99% o 30% según condiciones | Retención o declaración |
Las rentas generadas por fondos domiciliados en Perú se consideran rentas de fuente peruana y están sujetas a retención en el país, incluso si el beneficiario reside en el extranjero.
¿Quién realiza la retención del impuesto?
La Sociedad Administradora de Fondos Mutuos es la encargada de:
- Calcular la ganancia de capital al momento del rescate
- Retener el porcentaje correspondiente (5%)
- Declarar y pagar el impuesto a la SUNAT
✅ El inversionista extranjero no necesita presentar declaración si la retención se realiza correctamente.
Ejemplo práctico
Un inversionista extranjero persona natural participa en un fondo mutuo peruano con estas condiciones:
- Invierte USD 100,000
- Valor de las cuotas aumenta en 15% en un año
- Decide rescatar su inversión: recibe USD 115,000
- Ganancia de capital: USD 15,000
- Tasa aplicable: 5%
- Impuesto retenido: USD 750
✅ La Sociedad Administradora retiene este monto automáticamente y el inversionista recibe USD 114,250 netos.
¿Qué pasa si invierto en un fondo mutuo no domiciliado desde Perú?
Si el fondo está constituido fuera del país y no está registrado en la SMV:
- La ganancia obtenida no se considera renta de fuente peruana
- No está sujeta a IR en Perú
- El impuesto se pagará en el país donde esté constituido el fondo o donde reside el inversionista
⚠️ Sin embargo, si se ofrecen estos fondos a residentes peruanos sin autorización de la SMV, se pueden generar contingencias legales y tributarias.
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