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ZEEP en Perú la nueva ley que abre oportunidades para inversionistas extranjeros

octubre 13, 2025

Perú ha dado un paso estratégico hacia la atracción de capital extranjero con la promulgación de la Ley N.º 32449, que crea las Zonas Económicas Especiales Privadas (ZEEP). Esta norma, vigente desde septiembre de 2025, establece un régimen tributario y aduanero altamente favorable para inversionistas internacionales que deseen establecer operaciones productivas, logísticas o tecnológicas en el país.

¿Qué son las ZEEP y por qué son clave para la inversión extranjera?

Las ZEEP son espacios geográficos delimitados dentro del territorio peruano, administrados por operadores privados, donde las empresas acogidas acceden a beneficios fiscales, aduaneros y regulatorios especiales.

Diferencia clave: A diferencia de las zonas francas tradicionales, las ZEEP son impulsadas, administradas y desarrolladas por el sector privado, con reglas más modernas, estables y orientadas a resultados.

Objetivos de la Ley N.º 32449 – Zonas Económicas Especiales Privadas (ZEEP)

  • Promover la inversión privada nacional e internacional
  • Generar valor agregado e innovación (I+D)
  • Impulsar la exportación de bienes y servicios
  • Generar empleo directo e indirecto
  • Desarrollar encadenamientos productivos

Beneficios tributarios para empresas extranjeras en las ZEEP

Uno de los mayores atractivos de esta nueva ley es su esquema progresivo de Impuesto a la Renta preferencial por 25 años:

Años desde inicios de operacionesTasa de Impuesto a la Renta
0 – 50%
6 – 107.5%
11 – 1510%
16 – 2012.5%
21 – 2515%

Otras ventajas clave:

  • Exoneración del IGV e ISC en compras y operaciones dentro de la ZEEP.
  • No se aplica drawback (pero se compensa con mayor exoneración directa).
  • Estabilidad tributaria: no se pueden cambiar las condiciones legales una vez acogido al régimen.
  • Servicios prestados dentro de la ZEEP también están exonerados del IGV.

Beneficios aduaneros que simplifican la operación

El tratamiento aduanero especial facilita:

  • Ingreso/salida de mercancías sin pasar por depósitos temporales
  • Tránsito directo entre ZEEP, aduanas o puertos sin permisos adicionales
  • No se requiere permisos salvo autorizaciones sanitarias
  • SUNAT mantiene control digital, pero con menos carga administrativa

¿Qué requisitos deben cumplir los inversionistas para operar en una ZEEP?

Para acogerse al régimen ZEEP, los inversionistas deben:

  1. Realizar una inversión mínima de 2,000 UIT (~S/ 10 millones aprox.) en 2 años
  2. Desarrollar actividades productivas, tecnológicas o logísticas (no solo comerciales)
  3. Generar empleo directo y encadenamientos productivos
  4. Contar con infraestructura propia, trabajadores calificados y activos nuevos
  5. No subcontratar la actividad generadora (debe ser ejecutada directamente)
  6. Solicitar autorización del MINCETUR y registro ante la SUNAT

¿Qué sectores están excluidos del régimen?

La ley prohíbe ciertas actividades en las ZEEP, como:

  • Minería y extracción de hidrocarburos
  • Actividades financieras, bancarias o de seguros
  • Comercialización directa al consumidor final
  • Producción de armas o productos prohibidos
  • Generación eléctrica (salvo para autoconsumo)

¿Qué regiones pueden implementar una ZEEP?

La ley permite que cada región del país tenga al menos una ZEEP. Esto abre la puerta para que gobiernos regionales, gremios y consorcios privados propongan proyectos de alto impacto, especialmente en:

  • Puertos logísticos (Callao, Ilo, Matarani)
  • Clústeres agroindustriales (La Libertad, Piura, Arequipa)
  • Hubs tecnológicos (Lima, Arequipa, Cusco)
  • Plataformas de manufactura para exportación

Entidad rectora

  • MINCETUR coordina y regula las ZEEP.
  • SUNAT fiscaliza el tratamiento tributario y aduanero.
  • Se establece un Comité Consultivo con participación de gremios empresariales como SNI, ADEX, CCL, PERUCÁMARAS y CONFIEP.

¿Te interesa operar en una ZEEP y aprovechar sus beneficios?

En Tito Peralta, ayudamos a inversionistas extranjeros a:

  • Evaluar viabilidad para ZEEP según su sector
  • Estructurar la empresa local y representación legal
  • Tramitar autorización ante MINCETUR y SUNAT
  • Acceder a beneficios tributarios y aduaneros desde el primer año

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Escrito por
Edison Tito Peralta

Abogado con más de 12 años de experiencia en asesoría tributaria, planificación internacional y litigios ante SUNAT y Tribunal Fiscal.

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Edison Tito Peralta

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