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Errores detectados por la SUNAT en el registro de Notas de Crédito

abril 3, 2025

Las Notas de Crédito son una herramienta fundamental en la gestión contable de cualquier empresa. Sin embargo, su incorrecto registro puede derivar en observaciones, fiscalizaciones y sanciones por parte de la SUNAT.

Recientemente, muchas empresas han recibido cartas inductivas debido a errores en la anotación de estos documentos en el registro de compras y la declaración jurada del IGV. ¿Quieres evitar sanciones y mantener tu contabilidad en orden?

¿Qué son las Notas Crédito?

Las Notas de crédito son documentos electrónicos que son emitidos de manera tal que acreditan anulaciones, descuentos, bonificaciones o devoluciones sobre una factura electrónica.

Sobre esto, la Administración Tributaria envío a los contribuyentes Cartas Inductivas para regularizar errores relacionados con:

  • La anotación de Notas de Crédito en el Registro de Compras,
  • Declaración jurada mensual del IGV.

Notas de Crédito: Documentos a considerar

Los errores que fueron detectados por la SUNAT sobre las Notas de Crédito generan en ellos confusión, pues se considera a las Notas de Crédito como Comprobantes de Pago; siendo que esto no debería ser así, al respecto se deben tener en cuenta algunas consideraciones para no incurrir en el error.

Recomendaciones para registrar correctamente las Notas de Crédito

Las Notas Crédito no son Comprobantes de Pago

Según el Artículo 2° del Reglamento de Comprobantes de Pago, las Notas de Crédito no son comprobantes de pago, sino documentos que modifican o corrigen operaciones previamente registradas.

Evita registrar Notas de Crédito dentro de los 12 meses siguientes

Muchas empresas cometen este error, generando un crédito fiscal mayor al correspondiente, lo que podría derivar en observaciones o multas por parte de la SUNAT.

Ahora bien, las Notas de Crédito no entrarían en este artículo y, por lo tanto, no deberían ser anotados dentro de los 12 meses siguientes, sino en el mes en que sean emitidos, en el que se da por materializada la devolución, anulación o rectificación del comprobante sobre el pago original.

Conclusión

Las Notas de Crédito deben de ser registradas el mismo mes en que sean emitidas por todos los Sistemas Contables de las Compañías, para así evitar errores que pueden ser perjudiciales para la SUNAT y para los contribuyentes.

Evita multas y problemas con la SUNAT

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Escrito por
Edison Tito Peralta

Abogado con más de 12 años de experiencia en asesoría tributaria, planificación internacional y litigios ante SUNAT y Tribunal Fiscal.